Si te concedieron una pensión de jubilación, incapacidad
permanente o viudedad, entre el 1 de enero de 2016 y el 3
de febrero de 2021, que sepas que puedes aumentar tu
pensión entre un 5% y un 15% si cumples los requisitos. Si
estás interesado, sigue leyendo y te explico cómo.
¿Qué es el COMPLEMENTO DE MATERNIDAD POR
APORTACIÓN DEMOGRÁFICA?
Es un complemento económico regulado en la Ley General
de la Seguridad Social, que se añade a la cuantía
económica de la pensión concedida. Dicho importe puede
oscilar entre un 5% y un 15%, y, tienen acceso tanto
hombres como mujeres.
Ahora, eso sí, en el caso de la jubilación, se tendrá acceso
si se ha accedido desde la edad legal ordinaria de
jubilación o en casos de jubilaciones anticipadas por
causas no imputables a la voluntad del trabajador
(jubilación anticipada forzosa), ya que así lo señala el
artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. Con lo
que no podrán solicitarlo las personas que hayan solicitado
una jubilación parcial o anticipada de forma voluntaria.
¿Puede cobrarlo el hombre y la mujer a la vez?
Pues sí, la Sentencia del Pleno de la Sala de lo Social del
Tribunal Supremo, de fecha 17 de mayo de 2023, Recurso
Núm. 3821/2022, unificanto Doctrina, ha resuelto una
polémica que existía desde hacía tiempo, consistente en
establecer si el complemento de maternidad por aportación
demográfica podía disfrutarse a la vez por ambos
progenitores, es decir, si se podía abonar dicho
complemento a uno de los progenitores cuando,
previamente, ya lo estaba disfrutando el otro.
En este sentido, establece que este complemento de
maternidad por aportación demográfica puede obtenerse
por mujeres y hombres siempre que cumplan los requisitos
previstos, aunque el otro progenitor también tenga
derecho a su percepción.
¿Cuándo pueden solicitarlo los padres y las madres?
Se puede solicitar cuando se es titular de una pensión
contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad
permanente, siempre que se haya reconocido la prestación
entre el 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021,
teniendo en cuenta que en el caso de la jubilación, lo haya
sido de forma ordinaria, no habiendo accedido a la misma
de forma voluntaria o de forma parcial.
El requisito principal es haber tenido 2 ó más hijos, de ahí
que el complemento que se puede sumar a la pensión
inicial esta entre un 5% por 2 hijos, un 10% por 3 hijos y un
15% por 3 hijos o más.
¿En qué casos no se reconocerá el complemento al padre o a
la madre?
Como he comentado en el punto anterior, no se concederá
cuando se haya accedido a la jubilación de forma voluntaria
o de forma parcial.
¿Durante cuánto tiempo se pagará este complemento?
El derecho al reconocimiento del complemento de
pensiones contributivas se mantendrá en tanto la brecha de
género de las pensiones de jubilación, causadas en el año
anterior, sea superior al 5%
¿Cómo puedo solicitarlo?
Aunque estés en las situaciones comentadas, la concesión
NO es automática. Se tiene que realizar una solicitud del
complemento ante el INSS.
Contacta con nosotros, estudiaremos tu caso y haremos
todos los trámites para que tu pensión se incremente entre
un 5% y un 15%.